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Las Asociaciones de Enseñanzas Artísticas aúnan sus fuerzas



comentarios

  1. Con todos mis respetos,
    Indican en su artículo lo siguiente:" Por lo tanto nos enfrentamos a un problema de denominaciones (Grado / Título Superior, equivalente a todos los efectos)".

    Me parece lamentable pensar que esto es solo un problema de denominaciones, si esta es la posición de la asociación deja mucho que desear con respecto al clamor de la mayoría de profesionales y estudiantes de música.

    Ya está bien de ser equivalente a todos los efectos, lo que se tiene que ser el Graduado Universitario a todos los efectos.

    Es el momento de encontrar nuestro sitio, que no es otro que la Universidad.

    Recomiendo la lectura del manifiesto de por la integración de las enseñanzas artísticas superiores en la Universidad de la coordinadora CEEAASS
    MANIFIESTO
    Del estudio de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, del Proyecto de Real Decreto por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas en dicha Ley y del informe de la Ponencia sobre el mismo, se deduce un posicionamiento claro a favor de la plena equiparación de las enseñanzas artísticas superiores* con los estudios de rango universitario.

    Sin embargo, todos estos documentos legislativos se muestran contrarios a integrar las enseñanzas artísticas superiores en la Universidad, manteniendo un estatus jurídico-administrativo diferenciado para las mismas, con el consiguiente redoblamiento de medios que ello implica, siguiendo una filosofía antieconómica.

    Hace casi cuatro décadas, en la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación se estableció la integración de las antiguas Escuelas de Bellas Artes, de los Conservatorios de Música y de las Escuelas de Arte Dramático en la Universidad, por lo expresado en su Disposición Transitoria segunda que rezaba lo siguiente:

    <<4. Las Escuelas Superiores de Bellas Artes, los Conservatorios de Música y las Escuelas de Arte Dramático se incorporarán a la Educación Universitaria en sus tres ciclos, en la forma y los requisitos que reglamentariamente se establezcan.>>

    Fruto de esta disposición, las Escuelas de Bellas Artes se integraron en la enseñanza universitaria como Facultades de Bellas Artes, mientras que los Conservatorios de Música y las Escuelas de Arte Dramático quedaron relegadas a un "régimen especial", situado fuera del ámbito universitario, merced a lo establecido por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, que tuvo como contrapartida el dar un impulso positivo al dotar a estas enseñanzas del carácter de estudios superiores y establecer la equivalencia a todos los efectos entre el Título Superior de enseñanzas artísticas y el de Licenciado universitario.

    En 1999 se elaboró un informe titulado Las enseñanzas artísticas a examen. Evolución histórica, panorama actual y perspectivas, realizado por encargo de la Conferencia Sectorial de Educación. En dicho informe, basándose en la realidad de los países de nuestro entorno, se presentaron dos modelos organizativos para las enseñanzas artísticas:

    1º) Integración de las enseñanzas artísticas superiores y los centros que las imparten en la Universidad.

    2º) Ubicación de las enseñanzas artísticas superiores en un ámbito autónomo propio de la educación superior, pero situado fuera del marco universitario.

    Todos los Claustros de Profesores de los Conservatorios Superiores de Música se mostraron unánimemente a favor del primer modelo y, pese a que ambos modelos fueron debatidos y evaluados, la Conferencia Sectorial de Educación propuso en sus conclusiones que se adoptase el segundo, con una regulación específica y diferenciada para las enseñanzas artísticas.

    Posteriormente, la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación estableció el desafortunado denominador de "enseñanzas escolares de régimen especial" para las enseñanzas artísticas, en contradicción con todos los precedentes normativos que había, los cuales impulsaban en una dirección clara: la del reconocimiento del carácter superior de las mismas.

    Finalmente, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación ha mantenido la segregación de las enseñanzas artísticas superiores respecto al ámbito universitario, sin tener en cuenta que el primero de los modelos antes aludidos supone una serie de ventajas, como se desprende del citado informe de la Mesa Sectorial de Educación:

    1ª) Unificación de la legislación existente en materia educativa universitaria y de enseñanzas artísticas.

    2ª) Plena normalización del valor académico y profesional de las enseñanzas y los títulos correspondientes.

    3ª) Homologación de las estructuras organizativas de gestión y funcionamiento.

    4ª) Homologación del régimen del profesorado.

    5ª) Homologación del sistema de acceso de alumnos.

    6ª) Elevación de la consideración social de las enseñanzas artísticas.

    Queda, pues, una deuda histórica a resolver para con las enseñanzas artísticas superiores que únicamente se subsanará cuando las mismas se hayan integrado plenamente en el marco de la Universidad.

    Es ahora el momento de aprovechar la oportunidad que brinda la consecución del Espacio Europeo de Educación Superior para establecer unas normativas legales que permitan alcanzar una antigua reivindicación de tantas personalidades del mundo de la Música, la Cultura y el Arte: conseguir que, de una vez por todas, se produzca no sólo una equiparación teórica de las enseñanzas artísticas superiores con las enseñanzas universitarias, sino que se les dote de una igualdad real con las mismas a todos los efectos.

    De lo contrario, se mantendrá nuevamente el cisma y el agravio comparativo entre las enseñanzas artísticas superiores y las enseñanzas universitarias, en detrimento de las primeras, por mucho que del espíritu de la ley se perciba el deseo de establecer una equiparación entre las mismas y, además, se invertirá en una serie de esfuerzos por desarrollar normativas y estructuras administrativas independientes de la Universidad que, en la época de crisis económica en que vivimos, no parece tener ningún sentido.

    Por todos estos motivos, la Coordinadora estatal por la plena integración de las enseñanzas artísticas superiores en la Universidad ha decidido publicar este Manifiesto y emprender una campaña de recogida de firmas que no pretende promover una iniciativa legislativa popular, ya que ello queda fuera de las posibilidades de la Constitución Española de 1978, al tratarse la Educación, en tanto que derecho fundamental, de una materia reservada para leyes orgánicas.

    Ahora bien, esperamos que esta campaña de recogida de firmas sirva para que las Administraciones educativas, tanto estatales como autonómicas, tengan en cuenta la opinión de los profesionales y los miembros de la comunidad educativa (alumnos, profesores y padres de alumnos) que en ejercicio de su libertad de expresión reclaman ser oídos por dichas Administraciones, a la hora de formular leyes que les afectan personal y directamente. Y dado que la soberanía nacional reside en el pueblo español, la comunidad educativa solicita a sus gobernantes que escuche la opinión de la misma, para así establecer de común acuerdo el marco legislativo estatal básico y autonómico que ha de regular los estudios superiores de enseñanzas artísticas.

    Coordinadora estatal de enseñanzas artísticas superiores (CEEAASS)

  2. Estas asociaciones sólo representan a sus propios dirigentes y no quieren que las artes estén en la universidad, para no perder sus poltronas los directores de centros superiores.

    El Real Conservatorio Superior de Música de Madrid y el Real Conservatorio Superior de Granada no pueden estar representados porque se dieron de baja de ACESEA.

    Y la Escola de Conservación e Restauración de Bens Culturais de Galicia también se dio de baja. Aunque no han quitado a estos centros de su página web http://www.acesea.es, para que no se les vea el plumero.

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