Doce Notas

¡El lío de los derechos de autor en Europa!

jazz y mas  ¡El lío de los derechos de autor en Europa!

Casa Emilio Zola comprada con los derechos de autor de L'assommoir

Desde finales del siglo XIX y con el impulso de Emile Zola, cada generación ha tenido que trabajar sobre la adaptación de esta gran idea a los diversos formatos de difusión de una obra artística.

Desde los iniciales libro y edición de partituras en papel a la actual circulación electrónica (internet) una obra musical ha conocido la gramola, la radio, el tocadiscos, la televisión, el vídeo, la casette, el dvd-cd, el documento electrónico actual… muchos y muy variados. Todos son positivos para la creación excepto la torpe idea de Phillips con el cd…¡a quién se le ocurre comercializar el “máster”! La copia estaba servida… mucho más fácilmente que la artesana e inocente copia en casete que regalábamos a nuestras novias-novios para demostrar la originalidad de nuestros gustos musicales… tapecopy is killing music! Decían las revistas britonas!! No acababa de creerlo…yo difundía novedades musicales ¡por tierra, mar y aire! Conseguía que algunos neófitos se acercaran a las obra de Steve Reich, Glass, o Marilyn Crispell, pero resulta que estaba “matando” la música…vaya, lo siento mucho.

Ya en los noventa y en los primeros años del s XXI empezamos a entender todos que “el modelo de negocio” de las multinacionales del disco y del libro había quedado anticuado… algo raro pasaba cuando los derechos de autor de los Beatles, por ejemplo, eran propiedad de Michael Jackson y luego de Sonny… como dicen los castizos: ¿de dónde sacan pa´tanto como destacan?…descubrimos que era un gran negocio económico sobre el que, el propio “imperio”, cometía graves contradicciones, como era defender en las “rondas mundiales de comercio” una cosa y su contraria… defendía la liberación total de los productos culturales (penetración de su industria de cine, disco e informática en mercados globales) junto al aumento de la vigencia de la propiedad intelectual hasta los 90 años para defender la obra de Walt Disney… justamente basada en contenidos culturales europeos sobre los que no aportó ni un dólar.

En Europa hemos visto pasar de una vigencia de setenta años en los derechos desde la muerte del autor, a los ochenta y próximamente a los noventa para literatura y música antes de que la obra pase a ser de “dominio público”, en las artes plásticas y visuales estamos hablando de cincuenta, periodo que es más razonable.

Es entendible que de los derechos de autor de un artista, de un creador, de un inventor… del talento en suma, se beneficien directamente hijos del autor, del investigador… ¿los nietos? O de aquella persona física o jurídico en quien legue esos derechos. Es admisible… pero con la medida prevista de los noventa años estamos hablando de ¡biznietos y tataranietos! Personas u organizaciones que pueden, incluso, estar en contra de esas ideas, de esas creaciones… o tan absolutamente alejadas, que puedan ser enajenadas a personas y empresas que nada tienen que ver con el momento histórico y la sociedad en la que se generaron.

Ahora tenemos sistemas copyleft y creative commons, pero no en los años en que se gestó la magnífica obra de, por ejemplo, García Lorca, y que –¿quién sabe?– quizá hubieran sido de su agrado.

Seamos razonables… y pensemos en las generaciones venideras y sus derechos… yo tengo el placer de haber escrito tres libros… no me importa que mi hija se beneficie de lo que pueda generar en el futuro –me temo que tal como está la cosa, poco– pero no creo que nietos o biznietos –si les hubiere– deban tener más derechos que el resto de los mortales a los –espero lejanos– cincuenta años después de mi fallecimiento.

Dominio Público a los cincuenta, ya!

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