Doce Notas

Ayudas a la danza, la lírica y la música del INAEM

Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, con establecimiento permanente en cualquier Estado de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo. Personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.

Objeto

Fomentar la preservación del patrimonio coreográfico, lírico y musical español y su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación cultural entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos. Asimismo, impulsar la nueva creación coreográfica, lírica y musical española.

Bases reguladoras

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos autónomos.

Cuantía

El importe máximo imputable a esta convocatoria de ayudas es de 4.838.361,60 euros. La cuantía individual de la ayuda concedida no podrá superar el 65 % del coste total del proyecto. La ayuda concedida no sobrepasará las siguientes cantidades: 15.000 euros (en la modalidad B6), 30.000 euros (en las modalidades A7 y B7), 70.000 euros (en las modalidades A1.1y2, A2, B2), 100.000 euros (en las modalidades A1.3, A3, A4, A5, B1.1,2y3, B3, B4, B5) y 120.000 euros (en la modalidad A6).

Plazo de presentación de solicitudes

15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado (Hasta el 23 de febrero)

Modalidades de ayuda:

Ayudas a la danza

Ayudas a la lírica y la música

Más información en www.mecd.gob.es

 

____________________________

 

Salir de la versión móvil