Doce Notas

El conflicto de la sentencia visto por los centros

Imagen de la IX Asamblea de Profesores de Enseñanzas Artísticas en el RCSMM. Recibida a través de dispositivo electrónico.

La polémica estaba servida pues la Federación de Enseñanzas de Comisiones Obreras incluía un párrafo en su comunicado, en relación a la exclusividad por ley del título de Grado a las universidades, que invalidaba esta titulación en las enseñanzas artísticas. Según este sindicato, la sentencia “podría significar la exclusión de las enseñanzas superiores del Espacio Europeo de la Educación Superior y un incumplimiento del Acuerdo de Bolonia”.

En respuesta a este comunicado, publicamos también el de la Confederación de STEs-Intersindical, cuyo análisis enfoca de otro modo la realidad del problema. La sentencia no afecta al currículo, según la Confederación, “ni invalida las enseñanzas, ni el carácter superior de las mismas, ni las saca del Espacio Europeo de Educación”, pero sí insta al nuevo Ministerio de Educación a plantearse con urgencia una reforma legal para dotar de garantía jurídica a la denominación de los títulos de Grado de las EEAA superiores.

La información se precipita
Entre el lunes 13 y el 15 de febrero, la movilización ha sido constante. El Real Conservatorio Superior de Música de Madrid, tras largos años de ensimismamiento, ha abierto sus puertas de par en par para tratar de resolver un problema que caía sobre las enseñanzas artísticas, en general, y sobre la de la música, en particular, cual espada de Damocles.

Cuando el lunes nos encontramos con las más de 30.000 visitas a la noticia, lanzamos un SOS a los centros de Enseñanza Superior de toda España para que nos aclararan qué estaba pasando realmente: así supimos que, esa misma mañana, la flamante directora del RCSMM, Ana Guijarro, estaba ya reunida en el Conservatorio de Atocha con los directores y subdirectores de los distintos centros de Enseñanzas Artísticas de la Comunidad de Madrid. Supimos también que desde allí se consiguió la confirmación de una reunión el miércoles 15 con el Subdirector General de Enseñanzas Artísticas Superiores.

Por otro lado, el martes 14 llegó la convocatoria, para el día 16, de la IX Asamblea General del profesorado de Enseñanzas Artísticas, en la que participan las organizaciones sindicales CCOO, ANPE, CSIF, UGT Y STEM, a todo el profesorado de los Conservatorios Profesionales de Música, Conservatorios Profesionales de Danza, Escuelas de Arte, así como al profesorado de los Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas. Adivinen dónde, de nuevo en el RCSMM.

¿Qué opinan los centros?
Mientras se esperan los resultados de la reunión con el Subdirector y de la Asamblea del profesorado, publicamos aquí las opiniones de responsables de centros educativos que hemos recibido sobre la sentencia. Algunos de los conservatorios superiores han postergado sus declaraciones al estudio previo de su gabinete jurídico, es el caso del Centro Superior de Música del País Vasco, Musikene, el Conservatorio Superior de Aragón y la Universidad Francisco de Vitoria de Pozuelo de Alarcón. Estamos pendientes de las declaraciones de otros centros públicos y privados que imparten estudios superiores.

Ana Guijarro, directora del Real Conservatorio Superior de Música Madrid

En realidad el título de Grado es propiedad de la Universidad y ahora esta Sentencia del Supremo les ha dado la razón. Lo que nació mal (el que nuestras Enseñanzas estuvieran en un marco legal inadecuado) ha terminado mal. La LOE preveía que nuestros títulos se llamasen ‘título Superior de Música o Danza en la especialidad de que se trate, que será equivalente a todos los efectos al título universitario de Licenciado o el título de Grado equivalente’ (Artículo 54.3).

Necesitamos un marco legal adecuado ya que la LOE impide la incorporación de las Enseñanzas Artísticas Superiores al Espacio Europeo de Educación Superior en las mismas condiciones de autonomía académica y organizativa que caracteriza a la mayoría de los centros en los países de la UE. Tenemos un marco jurídico, administrativo, docente y organizativo similar al de las Enseñanzas de Secundaria.

Lo que sí es una mala noticia de la Sentencia es la anulación de la Adicional Séptima, porque abre la puerta a que las Universidades puedan dar nuestros Grados…

El personal docente más cualificado se encuentra en nuestros Centros Superiores, RESAD, E. Superior de Canto, RCSMM, Conservatorio Superior de Danza, Escuela Superior de Diseño y Escuela Superior de Restauración y Bienes Culturales. Espero que la ANECA [Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación] no vaya a autorizar estas enseñanzas en la Universidad. Al menos las de Música parece claro que no podrían asumirlas con dignidad.

Por tanto pedimos al Gobierno español que adapte urgentemente la legislación de acuerdo a las exigencias del Espacio Europeo de Educación Superior.

Maria Serrat Martín, directora general del Conservatorio del Liceu

Las enseñanzas artísticas superiores de música han sido equivalentes a la titulación universitaria de licenciado o de grado desde la publicación de la LOGSE, en el año 1990.

Además, la Ley Orgánica de Educación (LOE) ha reconocido estos estudios integrados en el Espacio Europeo de Educación Superior, dejando claro que los Conservatorios Superiores de Música pueden impartir no solo las enseñanzas de ciclo superior, sino también la de postgrado. Este logro ha permitido la movilidad de estudiantes (programas Erasmus) y de graduados en todo el ámbito europeo facilitando así su incorporación en el mercado laboral europeo.

En nuestro sistema, el Tribunal Supremo no puede derogar artículos de una norma, competencia que sólo se atribuye al Tribunal Constitucional, o al poder legislativo.

Es por ello que ahora la administración educativa es quien ha de posicionarse sobre la posibilidad de aprobar un cambio de denominación de nuestra titulación, ante la opinión del Supremo de que las enseñanzas superiores artísticas no pueden utilizar el nombre de Grado, por ser competencia de la Universidad.

Y es, en este sentido, que esperamos que la administración educativa respalde a las enseñanzas artísticas superiores en el contexto del Espacio Europeo de Educación Superior, como una opción atractiva y de calidad de igual nivel que los estudios universitarios, ajustada a las necesidades e intereses de aquellas personas con aptitudes en alguno de los ámbitos de arte.

Por lo que respecta a la música, creemos que las universidades no disponen de la tradición y la experiencia que en España poseen los Conservatorios Superiores de Música, que se han adecuado en cada momento de la historia a la normativa estatal específica para Conservatorios de Música en cuanto a programas, ratio de alumnos por materias, e instalaciones y equipamientos necesarios para ofrecer la formación adecuada a dichos alumnos.

Fernando Turina de Santos, director de la Escuela Superior de Canto de Madrid

Ante la Sentencia del tribunal Supremo anulando algunos artículos del Real Decreto 1614/2009 de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el comunicado de prensa de CCOO me gustaría manifestar, a título personal, lo siguiente:

1.- La sentencia del Tribunal Supremo estima parcialmente una demanda de la Universidad de Granada contra el referido Real Decreto.

2.- La sentencia declara nulos de pleno derecho los artículos 7.1, 8, 11, 12 y Disposición Adicional Séptima que afectan fundamentalmente a la denominación “Grado” de los Estudios Superiores de Enseñanzas Artísticas.

3.- La sentencia impide denominar Grado a los estudios impartidos en los conservatorios y escuelas superiores de EEAA y niega la exclusividad de las Enseñanzas Artísticas de Grado a los centros superiores de EEAA (Disposición Adicional Séptima del mencionado Real Decreto) por entrar en colisión con la denominación universitaria e invadir competencias de la Universidad amparadas por la Ley Orgánica de Universidades.

4.- La Sentencia confirma la plena validez de todo el Capítulo IV del Real Decreto por el que se regula las enseñanzas de “Máster en Enseñanzas Artísticas” impartidas por los conservatorios y escuelas superiores de EEAA.

5.- Por tanto, en ningún caso la Sentencia excluye los estudios superiores de Enseñanzas Artísticas del Espacio Europeo de Educación Superior, simplemente exige un cambio en la denominación del primer ciclo (Grado).

6.- Los directores de los conservatorios y escuelas superiores de EEAA de la Comunidad de Madrid hemos celebrado una primera reunión para analizar la situación que se ha creado en nuestros centros y, como primer paso, hemos solicitado una entrevista con el Subdirector General de Enseñanzas Artísticas Superiores que, finalmente ha sido confirmada para mañana miércoles [día 15 de febrero]. En dicha reunión esperamos recibir información sobre los pasos a dar y transmitir al Subdirector General nuestras inquietudes y propuestas para solucionar esta situación.

7.- Tras la Sentencia del Tribunal Supremo se hace más necesario que nunca dotar a las Enseñanzas Artísticas Superiores de un marco legislativo adecuado a su ubicación dentro del Espacio Europeo de Educación Superior. Dicho marco jurídico, a mi modo de ver, pasa por apartarnos definitivamente de la Ley Orgánica de Educación (o Ley similar que la sustituya) y promulgar una Ley Orgánica de Enseñanzas Artísticas Superiores que nos ampare jurídicamente a la hora de ofertar estudios de Grado y Postgrado, que regule de manera inequívoca nuestra pertenencia al EEES y que ofrezca a nuestros centros, profesores y alumnos igualdad de condiciones con las enseñanzas universitarias.

Julio Escauriaza de las Heras, director del Conservatorio Superior de Música de Navarra

La sentencia del Tribunal Supremo anula los artículos del Real Decreto de Ordenación de las Enseñanzas Artísticas Superiores reguladas por la LOE, referidos al Título con la denominación de Grado.

Esto significa que los Títulos han de llamarse de otra forma. Sin ir más lejos la propia LOE habla de “Título Superior”.

Aunque la sentencia no cambia nada, puesto que no niega la equivalencia, y es una cuestión nominal, lo cierto es que en términos jurídicos, hoy nos encontramos sin Plan de Estudios y fuera del Espacio Europeo de Educación Superior.

Las administraciones educativas, la estatal y la autonómica, deberán actuar con celeridad para dar salida a esta situación, que afecta en este Conservatorio a dos promociones de alumnos y a la próxima convocatoria de Pruebas de Acceso para el curso 2012-2013.

Si algo tiene de bueno la sentencia es que pone de manifiesto la necesidad urgente de dotar a estas enseñanzas de un marco jurídico y un espacio propio, equivalente al universitario, en coherencia con los Títulos que oferta.

Una vez más queda en evidencia el poco interés que las Administraciones Educativas de nuestro país han mostrado por las Enseñanzas Artísticas Superiores, tensando la goma legislativa, aplicando normativas de la Enseñanza Secundaria y en definitiva alejándonos de Europa.

Josep Borràs, director de la ESMUC

Desde la Escuela Superior de Música de Cataluña estamos consternados por la información referente a la sentencia del Tribunal Supremo que ha dictaminado que las escuelas superiores de enseñanzas artísticas no pueden ofrecer títulos de Grado en relación a su misma nomenclatura universitaria.

Creemos que este hecho puede suponer un paso atrás en la puesta al día de estas enseñanzas por la propia denominación del título sobre el que se articula el marco del plan de estudios (que ha entrado en un estado de indefinición) y el hecho aparentemente contradictorio de que en una fase posterior de este tipo de enseñanzas se reconozca legalmente el título de máster del ámbito de investigación.

Hay, además, el hecho del aislamiento que supondrá respecto al resto de centros europeos que comparten el Espacio Superior de Educación que han simplificado las titulaciones en Grado o Bachelor y Máster (que puede generar, de nuevo, dificultades a la hora de interpretar y equiparar materias y titulaciones, algo que parecía resuelto en estos momentos) y que afecta a dos promociones de estudiantes que están cursando estos estudios sobre la base de un título de Grado. También hay que contemplar las posibles restricciones legales que puede tener esta otra titulación.

Celestino Luna, presidente de la Asociación para la Defensa de las Enseñanzas Musicales y Artísticas (ADEMAS)

La sentencia del Tribunal Supremo, anulando parte del RD1614/2009 por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores, no invalida ni excluye a éstas del Espacio Europeo de Educación Superior: “De ahí que el legislador haya dejado claro que a todos los efectos esos títulos […] son equivalentes al título universitario […] de Grado […] tanto en lo académico como en lo profesional.” Se trata de una cuestión de terminología que no devaluará a los títulos afectados y se debe entender como una oportunidad y una recomendación para que, de una vez por todas, se realicen los cambios necesarios para la transformación de los centros de enseñanzas artísticas superiores en facultades universitarias.

Pero si la respuesta del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se limita a cambiar la redacción de la normativa, volveremos a perder una oportunidad para la normalización de las mencionadas enseñanzas, y para salir definitivamente de la anómala situación de inferioridad académica, así como para conseguir el nivel de calidad y excelencia que la formación artística superior sin duda merece.

Por todo ello, ADEMAS entiende la citada sentencia como una razón más para pedir a las administraciones educativas la integración en el sistema universitario de las enseñanzas artísticas superiores.

Comité ejecutivo de la Confederación de Escuelas de Artes plásticas y diseño

Publicada la sentencia del Tribunal Supremo en relación con la impugnación presentada por la Universidad de Granada contra el Real Decreto 1614/2009, se ha estimado en parte, señalando que no es apropiada la denominación de Grado al no figurar dicha denominación en la LOE al referirse a las enseñanzas artísticas superiores. La sentencia desestima todas las demás impugnaciones de dicha universidad al mencionado decreto.

La CEA considera que se trata de un problema en la denominación del título sin que afecte a la legitimidad de las enseñanzas. Por ello instará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte a reformar el capítulo correspondiente de la LOE o bien a proponer una denominación específica para los grados en enseñanzas artísticas que emanan de la LOE.

Tom Hornsby, director pedagógico de Escuela de Música Creativa

Esta sentencia ofrece la oportunidad para que el Ministerio continúe profundizando sin vacilación en la liberalización de las enseñanzas musicales superiores en España que apuntaba el Real Decreto y que supuso la necesaria inclusión de las mismas en el Espacio Europeo de Educación Superior. El Real Decreto favorece el establecimiento de un nuevo marco más abierto y competitivo, permitiendo que no solo las Universidades y Conservatorios puedan impartir grados de música sino otros “Centros Superiores de Enseñanzas Musicales”.

Es necesario que el Ministerio regule las condiciones que deberán cumplir estos centros, para que centros privados que en España se han estado ocupando (casi en exclusiva, siguiendo modelos foráneos) de la formación en dominios como el jazz y la música popular puedan ofrecer también esta titulación de grado y postgrado. Cualquier iniciativa que suponga el fomento de la competencia en las enseñanzas musicales superiores redundará en la mejora de la calidad de estas enseñanza.

Pedro Carrillo, presidente de la Red Española de Escuelas de Música (REEM)

Sea una cuestión de terminología o de contenido, lo que es indudable es que con las enseñanzas artísticas de nivel superior en España, la desidia de las autoridades educativas que se han ocupado hasta ahora del asunto y han llevado el grado medio (profesional) a un callejón sin salida, también esa desidia ha dado lugar a un engendro en el que una enseñanza de contenido superior no tenga la consideración que tienen otras enseñanzas de contenido superior, es decir, el rango universitario como sucede en todos los países avanzados. Se impone que el Ministerio haga un esfuerzo y consulte a todos los implicados en el sector, sean públicos o privados.

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